La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena contra Claudia Panzardi, quien deberá pagar una indemnización a Livio Gutiérrez por daños y perjuicios. La decisión ratifica lo resuelto por la Justicia de Chaco en instancias anteriores, en una causa originada por publicaciones en Twitter.
El conflicto se remonta a 2016, cuando Gutiérrez participó del programa Intratables y, en ese contexto, la entonces dirigente difundió mensajes que lo vinculaban con acusaciones de violencia de género. Esos contenidos, según se determinó en el expediente, fueron replicados por medios locales, lo que amplificó su alcance.
Los tribunales chaqueños concluyeron que los tuits no podían considerarse información veraz ni una opinión protegida por el debate público, sino que implicaban la atribución de un hecho grave sin respaldo. En ese sentido, sostuvieron que se trató de una acusación falsa con capacidad de afectar directamente la reputación del demandante.
Tras el rechazo de un recurso extraordinario en la instancia provincial, Panzardi presentó una queja ante la Corte. El máximo tribunal desestimó ese planteo por cuestiones formales, lo que dejó firme la condena civil y la obligación de resarcir económicamente el daño causado.
El fallo refuerza un criterio que ya viene aplicando la Justicia, según el cual la libertad de expresión no ampara la difusión de acusaciones falsas, especialmente cuando se trata de señalamientos vinculados con delitos o conductas de fuerte impacto social.